La Asociación Estatal Sexualidad y Discapacidad cuenta entra sus fines:
Art. 1. Mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad y/o diversidad funcional procurando atender a todas y cada una de las distintas discapacidades y/o diversidades(Discapacidad Intelectual, Parálisis cerebral, Daño cerebral adquirido, TEA y Autismo, Discapacidades Físicas, Discapacidades Sensoriales: auditiva y visual, Enfermedad Mental,…) poniendo especial énfasis en acciones que contribuyan a Atender, Educar y Prestar Apoyos a su Sexualidad.
Art. 2. Favorecer y facilitar que las personas con discapacidad (DF) logren una inclusión plena social, laboral y familiar, para lo que resulta imprescindible no descuidar los aspectos relacionados con la vivencia de su sexualidad (enfoque integral de la persona), dado que ésta afecta y está presente en todos los ámbitos de la vida. Todo lo anterior siempre teniendo en cuenta y desde la perspectiva de género.
Art. 3. Asesorar en la gestión y movilización de recursos, ayudas y apoyos a s personas con discapacidad y/o diversidad funcional, a sus familias y profesionales en las áreas de habilidades adaptativas (comunicación, autodeterminación, cuidado personal, habilidades sociales, vida en el hogar, salud y seguridad…) con el fin de lograr proyectos de vida independiente, con especial énfasis en materia de sexualidad.
Art. 4. Contribuir a Atender, Educar y prestar apoyos a la Sexualidad de las personas con discapacidad y/o diversidad funcional:
- Atendiendo sus demandas, necesidades, deseos y motivaciones en lo que a la vivencia de su Sexualidad se refiere.
- Educando y contribuyendo a que las personas con discapacidad aprendan a conocerse, aceptarse y vivir su sexualidad de forma satisfactoria.
- Prestando apoyos específicos e individualizados según la necesidad, frecuencia e intensidad de los mismos, adaptándose a cada persona.
Art. 5. Trabajar por la defensa, protección, reivindicación de derechos sexuales y reproductivos de las personas con discapacidad y/o diversidad funcional.
Art. 6. Propiciar, favorecer y contribuir a la prestación de servicios especializados en Sexología para las personas con discapacidad (DF), sus parejas, y familias. Trabajando en la línea de facilitar la accesibilidad de los mismos.
Art. 10. Proporcionar Planes de Formación, ofrecer acciones formativas y/o colaborar en las mismas, a diferentes niveles: local, provincial, autonómico, estatal, internacional,… Procurando contemplar los diferentes tipos de discapacidad y/o diversidad funcional así como atendiendo a los diferentes agentes implicados en la atención a la sexualidad de las personas con discapacidad (DF): sus familias, parejas en algunos casos, y los y las profesionales que les atienden y prestan apoyos.
Art. 11. Proporcionar información, formación y asesoramiento a las distintas Entidades e Instituciones del el ámbito de la discapacidad (DF) y que quieran contribuir a la atención y educación sexual de las personas con discapacidad (DF) o de sus familias.
Art. 12. Desarrollar y divulgar materiales dirigidos a Sensibilizar e informar sobre la atención, educación y prestación de apoyos a la Sexualidad de las personas con discapacidad y/o diversidad funcional.
Art. 13. Desarrollar Campañas de Sensibilización a la Sociedad, visibilizando la necesidad de atender, educar y prestar apoyos a la Sexualidad de las personas con discapacidad y/o diversidad funcional y dando legitimidad a la misma.
Art. 15. Incidir de manera específica y con acciones específicas en colectivos en lo que se pudiera dar una doble marginación: mujeres con discapacidad (DF), jóvenes con discapacidad (DF), población inmigrante con discapacidad(DF), mayores con discapacidad (DF), población lesbiana, gay, transexual y bisexual con discapacidad (DF), personas con discapacidad (DF) victimas de situaciones de abuso, maltrato y/o violencia de género… Atendiendo igualmente en estas intervenciones a profesionales y familiares de estos colectivos.